Bodykini
Llega el verano, las piscinas se llenan de gente de todos los colores, costumbre y religión y surgen los conflictos: como todos los años.Esta semana, Javier Maroto, alcalde de Vitoria-Gasteiz, ha saltado a la
actualidad nacional porque una mujer que estaba dentro del vaso de una piscina, vestida, ha sido expulsada del recinto lúdico-deportivo por incumplimiento de la normativa y el alcalde ha manifestado su firme interés en el cumplimiento de la normativa.
El alcalde de #Vitoria prohibe el velo en las piscinas ¿Que tal un #burkini? http://t.co/oKGLw0Sgi5 pic.twitter.com/rtzZHg7giC
— Manuel J. Anguita (@mjanguita) junio 9, 2014
El debate está servido y en Twitter se dice:Tweets sobre "burkini"
- ELMUNDO.ES: Maroto ordena 'sacar de las piscinas' a quien se bañe con velo
- ELDIARIO.ES: Maroto asegura que no va cambiar su decisión sobre la prohibición de bañarse con ropa en las piscinas públicas
- ELCORREO.COM/ALAVA: Maroto ordena que "se saque de la piscina" a quien se bañe con velo
- CADENASER.COM: El alcalde de Vitoria ordena que se expulsen de las piscinas a las musulmanas que se bañen vestidas
- GASTEIZHOY.COM: Prohibido bañarse con velo o con calzoncillo bajo el bañador
Burkini
Si el artículo 36 del REGLAMENTO GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Dice que no podrá accederse a las piscinas "con ropa o calzado de calle", no hay mucho más que discutir.
Que algunas mujeres hayan entrado en el agua vestidas, como indica su religión, quiero pensar que lo hacen por ignorancia de la norma que no exime de su cumplimiento, como ha quedado demostrado.
El tema es delicado y susceptible de ser objeto del chantaje social (marginación por raza o color), a la atención mediática por quienes han sido sus protagonistas y, sobre todo creo yo, a la distracción: con la que está cayendo.
Y yo me pregunto si en nuestras piscinas municipales:
- ¿Se admitiría el burkini o bodykini como traje de baño?
- ¿Se admitiría el nudismo?
Porque el REGLAMENTO GENERAL DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES no dice nada ni de nudismo, ni de burkinis o bodykines. Tan sólo alude a la obligada compostura en el artículo 10.
En cuanto al nudismo:
La Constitución Española ampara el derecho a estar desnudo (Art. 1º; Arts. 14, 17 y 20; Arts. 138, 139 y 149).:· Derecho a la propia imagen y a la libertad de expresión· Derecho a no ser discriminado por motivos ideológico o morales· Según la Constitución española no se pueden aplicar criterios morales para interpretar la ley.· Según la Constitución española aquello que no está expresamente prohibido está permitido. (sigue en cuerpolibre.org)
Propongo una reflexión, porque también hay quejas por el "nudismo"
Por todo ello, considero que necesitamos un baño de tolerancia y de convivencia. Los espacios públicos son, como su nombre indica, para uso común y como se ha dicho en otros sitios:
Pero yo creo que lo justo es que el régimen general (y el mayor espacio de costa) esté atribuído a la playa sin restricciones (que cada uno vaya como desee) y las reservas indias sean solo para los que no quieran convivir con otras opciones (playa solo para textiles, solo para nudistas y solo para burkineras, solo para ...) (Seguir leyendo en LEOLO).
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